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Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz

Antecedentes o elementos que justifican la necesidad de desarrollar un Plan Estratégico en la UCA


En este documento vamos a revisar los marcos normativos y políticos de los últimos años que más directamente afectan a la Universidad de Cádiz, como Universidad que está inmersa en el sistema universitario español y en el sistema andaluz, con el objetivo de resaltar los elementos que justifican la incorporación de las técnicas de planificación estratégica.

Se podrá constatar que las simples recomendaciones que se plantean para la mejora del funcionamiento de las universidades, se han ido convirtiendo en progresivas y sucesivas imposiciones normativas para obligar a cada Universidad a realizar sus planes estratégicos, como específicamente sucede en el caso de las universidades andaluzas.

Con relación a algunos de estos antecedentes, en 1994 empiezan a desarrollarse en las Universidades Catalanas los planes estratégicos institucionales, que culminarían, desde entonces, con las firmas de los contratos programa con la Generalitat para la financiación de objetivos. Por otro lado, en enero de 1995 se publica el informe sobre Financiación de la Universidad, elaborado por un comité de expertos y propiciado por el Consejo de Universidades, en donde se recomienda la planificación interna de las universidades. Entre otras experiencias recientes cabe destacar el uso de fórmulas de subvención en la Comunidad Valenciana, la aplicación de contratos programas en las universidades de Canarias y el desarrollo de un Plan Plurianual de inversiones en las universidades de la Comunidad de Madrid.

También hay que destacar entre los elementos que justifican un Plan Estratégico en la UCA el informe Universidad 2000, encargado por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE). En este informe (Capítulo VIII: Gobierno y Administración, 4.4.1. Elaboración y Desarrollo de la Estrategia: La Planificación Estratégica), se establece que mediante el Plan Estratégico propio de cada Universidad, los procesos de gobierno deberían proponerse: entender el entorno universitario, desarrollar la visión y la estrategia de la institución, gestionar las relaciones con el exterior mediante la comunicación con el resto de los agentes sociales y económicos, y gestionar la mejora y el cambio mediante la medida del rendimiento de los resultados de la Universidad.

Por otro lado, en el Capítulo VII (Calidad y Acreditación), 3.3.2. La calidad en el Plan Estratégico, se establece que cada Universidad debería introducir en su Plan Estratégico los mecanismos adecuados para garantizar el nivel satisfactorio de calidad en los procesos docentes y de investigación, y en la gestión, reflejándose los puntos fuertes y débiles de la docencia, la investigación y la administración, y, asimismo, la elaboración y el desarrollo de los programas de calidad contenidos en el Plan Estratégico deben corresponder a un grupo de trabajo específico compuesto por profesores y técnicos responsables ante el Rector y órganos centrales.

Además, en la LOU, en su Título XI (Del Régimen Económico y Financiero de las Universidades Públicas) en su artículo 81 (Programación y Presupuesto), establece: “Las Universidades elaborarán programas de financiación plurianual que puedan conducir a la aprobación por parte de sus respectivas comunidades autónomas de los contratos programas que incluirán sus objetivos, financiación y la evaluación del cumplimiento de los mismos”.

Asimismo, entre los antecedentes y elementos que justifican un Plan Estratégico para la UCA estarían los Informes, Dictámenes y Cambios legislativos de ámbito andaluz. Entre los antecedentes, el documento base sobre la Programación Universitaria de Andalucía, del período 1997-2000, ya contemplaba la necesidad de ir implantando instrumentos de planificación estratégica en las Universidades Andaluzas.

En este sentido, en el Contrato-Programa firmado entre la Universidad de Cádiz y la Consejería de Educación y Ciencia, el cual vinculaba la financiación condicionada para el período 2002-2006, se establece en el apartado IV.I, relativo a compromisos asumidos por la Universidad de Cádiz, que se vinculan a la financiación prevista en el presente Contrato-Programa en la línea de calidad, lo siguiente: “La Universidad de Cádiz se compromete a:

Desarrollar las bases para implementar un sistema de planificación estratégica.

A estos efectos, se considerarán requisitos mínimos el desarrollo de los siguientes puntos:

  • Estructura organizativa para la elaboración del Plan Estratégico de la Universidad: Órganos encargados de la elaboración y gestión del Plan y Funciones.

  • Fases y cronograma del proceso de elaboración del Plan Estratégico”.

 

Otra cita obligada es la Ley Andaluza de Universidades (LAU). La primera referencia sobre Planificación Estratégica aparece en el Título I (De la Institución Universitaria), Capítulo V (Del Consejo Social), artículo 18, dedicados a las competencias y funciones del Consejo Social, apartado g. También, en el Título I, Capítulo VI (De la Actuación Administrativa), artículo 28 (Prerrogativas y Potestades), apartado b. En el Título III (De la Actividad Universitaria), Capítulo II (Del Estudio y de las Enseñanzas en las Universidades Andaluzas), en su apartado 56.3.d (De las Titulaciones Universitarias).

Asimismo, en el título V (De la Calidad Universitaria), Capítulo I (De la evaluación de la Calidad de la Actividad Universitaria), en el artículo 76 (Evaluación de Calidad), punto 3. En el Título VI (Del Régimen Económico Financiero y Patrimonial), Capítulo I (De la Financiación de las Universidades), en su artículo 90 (Principios), apartado 2.e. Por último, en el mismo Título VI, el artículo 86 se centra en la Planificación Estratégica y Contratos Programas.

Igualmente, en los Estatutos de la UCA, recientemente aprobados, en el Capítulo III relativo al presupuesto, se establece en los primeros apartados de artículo 222, lo siguiente:

  • 1. La Universidad de Cádiz podrá elaborar programaciones plurianuales que puedan conducir a la aprobación, por la Comunidad Autónoma de Andalucía, de convenios y contratos-programas que incluirán sus objetivos, financiación y la evaluación del cumplimiento de los mismos.

  • A iniciativa del Rector, el Consejo de Gobierno confeccionará y propondrá al Consejo Social para su aprobación, los presupuestos plurianuales, para lo cual será necesaria la aprobación previa de planes estratégicos para la Universidad de Cádiz. En dichos planes estratégicos la Universidad de Cádiz fijará sus objetivos específicos sociales, académicos e investigadores, la planificación económica de su actividad y los programas destinados a lograr dichos objetivos.

Por último, en el programa electoral del Candidato a Rector, en aquel momento (abril, 2003), Diego Sales Márquez, el cual tenía un marcado acento estratégico en todo su planteamiento y configuración, se establecía como compromiso en el apartado relativo a Planificación y Políticas de Recursos: “desarrollar el Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz, con definición de objetivos, responsabilidades y acciones a medio y largo plazo con la participación de toda la Comunidad Universitaria”.



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