Ayuda para Asistencia a Congresos y Reuniones Científicas
Fomentar la participación del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz en congresos y reuniones para el intercambio de ideas y la difusión de resultados derivados de su investigación.
Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas los profesores a tiempo completo, los becarios de investigación en formación de los programas internacionales, nacionales, autonómicos y de la UCA, los becarios con cargo a proyectos o contratos de investigación (previa autorización de la Comisión de Investigación), los investigadores contratados que acrediten dedicación exclusiva a la UCA y, finalmente, los miembros del Personal de Administración y Servicios (PAS) dedicados a tareas de apoyo a la investigación.
Todos los solicitantes han de estar integrados en grupos de investigación registrados en el Sistema Andaluz de Conocimiento y, a excepción de los becarios, justificar documentalmente alguno de los siguientes requisitos:
- Ser miembro de un proyecto de investigación de las convocatorias de los Programas de I+D+i Nacionales, autonómicos, de la UE o similares, concedido a través de convocatoria pública y con evaluación científica. Si el proyecto está liderado por un investigador perteneciente a otra institución diferente a la Universidad de Cádiz, se deberá acreditar la existencia de un acuerdo de colaboración que incluya la cantidad a ingresar por la UCA en concepto de Costes Directos e Indirectos. El proyecto deberá estar en vigor en el momento de la realización de la actividad, o haber finalizado, como máximo, durante los 6 meses anteriores a la misma. Con carácter excepcional se concederán ayudas para investigadores con proyectos pendientes de resolución.
- Participación en un contrato científico-técnico con el exterior en vigor en el momento de la realización de la actividad, o finalizado durante los seis meses anteriores a la misma.
No podrán solicitar estas ayudas, los miembros de aquellos grupos que durante el mismo año hubieran recibido una ayuda igual o superior a 10.000 € en la modalidad de Ayuda a Grupos de este Plan Propio.
Condiciones de las ayudas
Sólo podrán financiarse aquellas actividades que se realicen fuera del ámbito geográfico de la UCA y que cumplan las siguientes condiciones:
Participación en Congreso: será requisito indispensable para la concesión de la ayuda la presentación de una comunicación en dicho Congreso (oral, póster, etc.). En el caso de que dicha aportación corresponda a varios firmantes, la prelación se realizará atendiendo al orden de firma en la comunicación.
Participación en Cursos: podrán financiarse aquellos cursos que supongan el aprendizaje de nuevos métodos y técnicas para el desarrollo de la actividad científica del grupo de investigación en el que se integre el solicitante. Se excluyen los cursos de verano y los de formación de interés personal. Para un mismo curso, no se concederá más de una ayuda por grupo de investigación.
No se concederán más de dos ayudas de esta categoría por solicitante y año, que podrán ser dos congresos, o un congreso y un curso. En ningún caso se concederá más de una ayuda para asistencia a curso por solicitante y año.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán de acuerdo con lo establecido en el punto 2 del apartado de Normas Generales, debiendo adjuntar además la siguiente documentación:
- Copia de la carta de aceptación de la comunicación.
- Copia de la contribución del solicitante, con indicación expresa de la relación de autores.
Participación en Cursos:
- Memoria en la que se justifique la necesidad de realizar el curso (si está relacionado con la tesis, debe ir acompañada por la autorización del director), y en la que se detalle su contenido científico.
- En el caso de participación en un proyecto liderado por un investigador de otra universidad, carta de dicho investigador acreditando tal participación, con mención expresa del título, duración, referencia del proyecto y cuantos documentos acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas en el apartado de Beneficiarios.
Cuantía de la ayuda
El importe máximo de las ayudas concedidas estará de acuerdo al siguiente baremo:
Importe Máximo | Lugar de realización de la actividad |
180€ | ZONA 1 |
360€ | ZONA 2 |
720€ | ZONA 3 |
1130€ | ZONA 4 |
Evaluación de las solicitudes
Justificación de la ayuda
Una vez notificada la concesión, los beneficiarios deben presentar en la Sección de Gestión de Investigación (Edificio CTC, c/ Benito Pérez Galdós s/n, Cádiz) en el plazo de 15 días, o en el caso de no haberse realizado aún la actividad, en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de su realización, los documentos que justifiquen científica y económicamente la actividad subvencionada. En caso de incumplimiento de esta obligación, se iniciará el procedimiento administrativo para el reintegro de las cantidades percibidas.
a) Justificación científica: de no haber sido presentado aún, certificado de participación en el congreso o de realización del curso.
b) Justificación económica: El beneficiario de la ayuda deberá presentar cumplimentada y firmada la declaración jurada de gastos con los que se pretenda justificar la ayuda de movilidad adjudicada con cargo al Plan Propio de Investigación de la UCA, según el modelo disponible acompañado de los siguientes justificantes económicos originales que procedan:
- Facturas originales de alojamiento y transporte a nombre del beneficiario.
- Billetes (avión, tren, autobús, metro, taxi...).
- En caso de desplazamiento en vehículo particular, válido sólo para España y Portugal, indicación de matrícula del coche y días de salida y regreso.
- Factura del pago de inscripción o carta del comité organizador certificando el pago de inscripción y de la cantidad abonada.
- Las acreditaciones bancarias de transferencias a cuentas corrientes de la organización del congreso son válidas, siempre que vayan acompañadas de una declaración jurada indicando que la transferencia realizada corresponde al pago de inscripción en el congreso (indicar nombre del congreso) e importe abonado.
- No son válidos extractos de cuentas bancarias personales.
En el caso de que las facturas reflejen pagos en moneda extranjera, deberá venir acompañada de fotocopia del BOE del cambio oficial de la moneda de la fecha en que se expidió la factura.
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