NOVEDADES 2011
Seguiremos informando.
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| 9/9/2011 | CSI.F UNIVERSIDAD DE CADIZ INFORMA Nueva redacción a la letra e) del artículo 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público Estimado/a compañero/a: Te informamos que la Disposición final segunda de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (BOE de 2 de agosto de 2011), modifica la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dando nueva redacción a la letra e) de su artículo 49, que tendrá la siguiente : «e) Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave: el funcionario tendrá derecho, siempre que ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas o carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma o, en su caso, de la entidad sanitaria concertada correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años. Cuando concurran en ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso o, en su caso, puedan tener la condición de beneficiarios de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que les sea de aplicación, el funcionario tendrá derecho a la percepción de las retribuciones íntegras durante el tiempo que dure la reducción de su jornada de trabajo, siempre que el otro progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, sin perjuicio del derecho a la reducción de jornada que le corresponda, no cobre sus retribuciones íntegras en virtud de este permiso o como beneficiario de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que le sea de aplicación. En caso contrario, sólo se tendrá derecho a la reducción de jornada, con la consiguiente reducción de retribuciones. Asimismo, en el supuesto de que ambos presten servicios en el mismo órgano o entidad, ésta podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas en el correcto funcionamiento del servicio. Reglamentariamente se establecerán las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.» Saludos Cordiales, |
| 6/6/2011 | Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Entrada en vigor el 2/12/2011. Modifica las siguientes leyes
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Ley 11/1986, de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad. LO 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica.
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| 5/05/2011 | Jueves 5 de mayo de 2011 RESPALDO MAYORITARIO DEL PDI A LA CANDIDATURA DE CSI•F Queridos compañeros y compañeras: Resulta para nosotros una gran satisfacción comunicaros que en las elecciones a representantes de la Junta de PDI celebradas ayer, el grupo de profesores integrados en la lista de CSI•F ha conseguido la mayoría, pasando de los 4 delegados actuales a 10, creciendo en representatividad del 19,04% al 47,61% y siendo la lista más votada en 3 de los 4 campus de nuestra Universidad. De este modo, la nueva Junta de Personal Docente e Investigador queda configurada como sigue: • CSI•F: 10 delegados (teníamos 4 y subimos 6) (47,61 % de representatividad). • CCOO: 9 delegados (tenían 12 y bajan 3) (42,85 % de representatividad). • UGT: 2 delegados (tenían 5 y bajan 3) (9,52 % de representatividad). Queremos dar las gracias a todos los que habéis participado activamente en estas elecciones, y muy especialmente a aquellos que habéis depositado vuestra confianza en nosotros. Asimismo, aprovechamos para felicitar al resto de compañeros integrados en las otras listas y que han obtenido representación, con los que esperamos trabajar de un modo activo durante los próximos 4 años, en esta nueva y renovada Junta de PDI. Recibid nuestros más cordiales saludos, Profesores integrantes de la lista de CSI•F a la JPDI |
| 2/2/2011 | Fiestas locales en Andalucía |
| 2/2/2011 | adjuntamos tabla con la edad de jubilación |
| 10/1/2011 | BOJA de 31 de diciembre de 2010 la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011. |

