Saltar navegación. Ir directamente al contenido principal

Estás en:
  1. Cometidos

Cometidos

Le corresponden a la Secretaría General, además de las establecidas en los Estatutos de la Universidad de Cádiz y el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz, las siguientes funciones:

  • Velar porque la Universidad de Cádiz como Administración Pública se ajuste en su actividad a los principios constitucionales de legalidad, objetividad, neutralidad y servicialidad al interés general, garantizando que su acción administrativa se desarrolla con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico, con respeto a los derechos de las personas y al principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
  • Velar por el derecho de acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos de la Universidad de Cádiz y por el principio de transparencia administrativa, garantizando el cumplimento del deber de información activa y el principio de publicidad, sin perjuicio del respeto al derecho a la intimidad y a la protección de los datos de carácter personal.
  • Garantizar los derechos de los ciudadanos a relacionarse con la Universidad de Cádiz por medios electrónicos, impulsando el cumplimiento de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en colaboración con el Vicerrectorado de Prospectiva, Calidad y Comunicación, con la Dirección General de Infraestructuras y Tecnologías de la Información y con la Gerencia.
  • Velar por el cumplimiento del principio de legalidad del gasto, impulsando que los actos de los órganos de la Administración de la Universidad de Cádiz que tengan contenido económico sean objeto de una adecuada fiscalización que garantice el cumplimiento de la legalidad, la eficiencia en el gasto y la obligada austeridad de las personas cuando ejercen funciones públicas y emplean recursos económicos de la Universidad. Se velara específicamente por la transparencia de la información administrativa relativa al uso de fondos públicos por parte de los órganos de gobierno de la Universidad y por la implantación de un Registro de Intereses, Bienes y Actividades. Esta función se desarrollara con la colaboración de la Gerencia a la que le corresponde ejercer el control de la gestión de los ingresos y gastos, supervisando el cumplimiento de los presupuestos de la Universidad.
  • Impulsar la simplificación de los procedimientos administrativos propios de la Universidad de Cádiz y la supresión de tramites automatizados o manuales redundantes o innecesarios, a través de un diagrama de flujos y procesos que permita que la necesaria homogeneización de la gestión administrativa no impida que esta se desenvuelva de una manera sencilla, clara y ágil para la comunidad universitaria, en colaboración con el Vicerrectorado de Prospectiva, Calidad y Comunicación, la Dirección General de Infraestructuras y Tecnologías de la Información y la Gerencia.
  • Impulsar la participación de los miembros de la comunidad universitaria en la elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.
  • Velar por el derecho fundamental a la protección de datos personales en la Universidad de Cádiz, impulsando el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y específicamente: la declaración de los ficheros y tratamientos de datos personales que son responsabilidad de la Universidad de Cádiz a través de disposición de carácter general o acuerdo publicado en el BOUCA y su notificación al Registro General de Protección de Datos; el cumplimiento del principio calidad en los ficheros y tratamientos de datos personales; la información al interesado en la recogida de datos y en las cesiones; el consentimiento del interesado para el tratamiento y para las cesiones; la implantación de medidas de seguridad adecuadas a la tipología de datos; y la garantía de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Esta función se desarrollara con la participación del Vicerrectorado de Prospectiva, Calidad y Comunicación, la Dirección General de Infraestructuras y Tecnologías de la Información y la Gerencia.
  • La elaboración de propuestas de desarrollo normativo para mejorar las garantías de los miembros de la comunidad universitaria o para actualizar y adaptar la normativa de la Universidad de Cádiz a las modificaciones de normas universitarias de rango superior.
  • Garantizar el principio de responsabilidad de la Universidad de Cádiz como Administración Publica, colaborando con los requerimientos tanto de los órganos judiciales en el control jurisdiccional como del Defensor del Pueblo, sin perjuicio de que el ejercicio de la facultad de autotutela por parte de la Universidad de Cádiz como Administración Publica se ajuste plenamente al ordenamiento jurídico.
  • Velar por el respeto al principio de igualdad entre mujeres y hombres en la Universidad de Cádiz, impulsando la implantación de medidas de prevención frente al acoso sexual, al acoso sexista y al acoso laboral en la Universidad de Cádiz, en colaboración con el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Personal y con la Gerencia.
  • La gestión de la publicación de las disposiciones y resoluciones en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz (BOUCA), para la mejora de la trasparencia y de la publicidad como principios que rigen la actividad administrativa.
  • Dar fe de que en la toma de posesión del personal de la Universidad el interesado ha prestado el juramento o la promesa correspondiente, certificando que se cumple el Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento o promesa para la toma de posesión de cargos o funciones públicas: “JURO/PROMETO cumplir fielmente las obligaciones del cargo de ….. de la Universidad de Cádiz, con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, el Estatuto de Autonomía de Andalucía y los de nuestra Universidad¨.
  • El asesoramiento jurídico a los órganos de gobierno de la Universidad, Defensor Universitario, Junta Electoral General, Comisión de Reclamaciones, Unidades administrativas de la Universidad de Cádiz y Órganos instructores de procedimientos disciplinarios, elaborando informes y dictámenes, dando respuesta a las consultas jurídicas que estos puedan plantear, e informando previamente las propuestas de resolución elaboradas por las restantes dependencias de la Universidad. El asesoramiento jurídico se extiende también al Informe de las propuestas de resolución de los recursos administrativos previos a la vía contencioso administrativa y de las reclamaciones previas a la vía civil o laboral, al control de legalidad preceptivo en los procesos de contratación administrativa, a la interposición y tramitación de recursos y reclamaciones en vía administrativa y a las actuaciones procesales oportunas y a la defensa de la Universidad de Cádiz ante la jurisdicción competente.
  • La coordinación del Registro General y del resto de las oficinas de registro de la Universidad de Cádiz, en colaboración con la Gerencia, impulsando el registro telemático en calidad de registro auxiliar del Registro General y la cooperación con el registro de otras Administraciones Publicas.
  • La colaboración con la Inspección General de Servicios de la Universidad de Cádiz, teniendo en cuenta para esta colaboración los principios establecidos en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Publica de la Junta de Andalucía y el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, en virtud del respeto a las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas prevista en el art. 149.1.18 CE y teniendo también como principios inspiradores de esta colaboración los establecidos en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Publica y el Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las Inspecciones Generales de los Servicios de los Departamentos Ministeriales, todo ello sin perjuicio del principio de autonomía universitaria previsto en el art. 27.10 CE y materializado a través del Reglamento UCA/CG13/2007, de 14 de diciembre, de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Universidad de Cádiz.

La Secretaria General, bajo la dirección de su titular, ejercerá sus funciones a través de la siguiente estructura orgánica:

  • La Dirección General de Relaciones Institucionales y Comunicación, como órgano de apoyo y asistencia inmediata al Rector, ejercerá de manera específica las siguientes funciones:
    • Asesorar al Rector en aquellas tareas que este precise para la dirección y gobierno de la Universidad.
    • Colaborar con el Rector en la coordinación técnica del equipo de dirección.
    • Dirigir y mantener las relaciones informativas y de publicidad institucional con los medios de comunicación y la sociedad en su conjunto, difundir la información de carácter general de la Universidad y coordinar la imagen institucional y los contenidos de la página web, en colaboración con el Vicerrectorado de Prospectiva, Calidad y Comunicación.
    • Impulsar las relaciones con otras entidades e instituciones, gestionando en su caso la elaboración de convenios.
    • El seguimiento de la participación de la Universidad de Cádiz en entidades publicas o privadas.
    • La preparación y seguimiento del protocolo y la coordinación de los actos solemnes de la Universidad.
  • La Vicesecretaría General, a la que le corresponde específicamente la asistencia al Secretario General en el ejercicio de sus funciones, supliendo al Secretario General en caso de ausencia, incapacidad o impedimento temporal. Le corresponde a la Vicesecretaría General velar por la observancia del protocolo en los actos solemnes de la Universidad por delegación del Secretario General y dar fe en las tomas de posesión del cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, cuando no asista el Secretario General de la Universidad de Cádiz. La lectura del diario oficial donde consta la Resolución de nombramiento no forma parte del acto administrativo de toma de posesión y será realizada, en su caso, por el personal de Administración y servicios de la Universidad.

de interés

  • enviar página (Tecla de acceso 7)
  • Imprimir esta página
  • Volver
  • Inicio del contenido
Favoritos / Compartir

Conforme con: XHTML 1.0 | CSS 2.1 | WAI 'AA

Aviso legal