Trabajos con el exterior
Reglamento para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico en colaboración con otras entidades o personas físicas (Art. 83 L.O.U.)
Los departamentos, centros o institutos de investigación, y su profesorado a través de los mismos, pueden contratar con entidades públicas o privadas, o bien con personas físicas, la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico.
El vigente reglamento fue aprobado en Consejo de Gobierno el 15 de marzo de 2004 y reformado el 13 de julio. Fue publicado en el BOUCA el día 23 de julio. Este Reglamento está en vigor desde el día siguiente a su publicación en el BOUCA.
Documentación relacionada:
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Guía de Ayuda: facilita al profesor la tramitación y gestión de sus colaboraciones con el exterior. |
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Normativa: en este documento puede consultar el marco legal de este reglamento. |
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Solicitud de Homologación de Servicio Técnico: para servicios repetitivos existe la posibilidad de simplificar el trámite homologándolos de manera que no sea necesario un contrato sino simplemente una Hoja de Pedido. |
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Hoja de pedido: para solicitar Servicios Técnicos Homologados. |
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Modelo de Contrato de Estudio o Proyecto
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NOTA: Si tiene problemas para descargar los documentos anteriores, coloque el ratón sobre el documento, pulse el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..."

