Ampliación de matrícula
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Los alumnos podrán solicitar la ampliación de sus respectivas matrículas mediante escrito razonado, dirigido al Decano o Director del Centro en el que cursan sus estudios, en los plazos establecidos por Instrucción del Vicerrector de Alumnos. Las solicitudes serán resueltas por los respectivos Decanos o Directores de acuerdo con los motivos alegados por los interesados y en función de su incidencia sobre la organización académica y administrativa de las correspondientes enseñanzas. En todo caso tendrán la consideración de motivo suficiente para la concesión de la ampliación, presentada dentro de su plazo, cualquiera de los siguientes:
a) La denegación de la solicitud de reconocimiento (por convalidación, adaptación, o equivalencia) de las asignaturas objeto de la ampliación solicitada.
b) El reconocimiento (por convalidación, adaptación o equivalencia) de asignaturas que suponga una disminución significativa como mínimo del 50% de la matrícula realizada.
c) La superación entre las convocatorias de diciembre y febrero, del mismo curso académico, de 30 o más créditos por el solicitante.

