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Reconocimiento de Créditos


 

 

1.  Procede considerar como Reconocimiento de Créditos de Libre Elección, las asignaturas o actividades que la Universidad ofrece o reconoce dentro o fuera de sus planes de estudio. Las materias de libre elección deberán realizarse dentro del mismo período en que se cursa la titulación correspondiente.
2.  Solicitud (Anexo de la Normativa) dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la “Comisión de Adaptaciones, Convalidaciones y Reconocimiento de Créditos” en la Secretaría del  Centro.
3.  La Solicitud se admitirá a trámite si cumple los siguientes requisitos:
- Los solicitantes deben estar matriculados en la correspondiente titulación del Centro. Dicho requisito no será exigible cuando su resolución positiva permita poder defender el Proyecto Fin de Carrera o las solicitudes por la realización de prácticas en empresas
- Documentación acreditativa de la actividad alegada.

 
4.
Se obtendrán Reconocimiento de Créditos por:

  • Aquellas actividades que se encuentren contempladas en el apartado 6 del Anexo III del Plan de Estudios, con el carácter y el tope que en el mismo se establezca.
  • Podrán ser reconocidos créditos de libre elección en los siguientes casos: 

-   Por el exceso de créditos resultante de una adaptación. 

-   Por aquellas asignaturas, pertenecientes a planes de estudio reglados, que no sean susceptibles de adaptación ni de convalidación. En este caso no se exigirá cumplir el requisito de temporalidad.

-   Mediante la matriculación en actividades ofrecidas por la Universidad de Cádiz con una duración mínima de 20 horas (1 crédito=20 horas) y haber sido autorizado dicho reconocimiento por Consejo de Gobierno. 

*   Cursos Estacionales.

*   Cursos de Postgrado y Títulos Propios (FUECA). 

*   Otras actividades organizadas por los Vicerrectorados, Centros y Departamentos de la Universidad de Cádiz.

 

-   Mediante la realización de prácticas de empresa según convocatoria pública y Convenios de la Universidad de Cádiz (1 crédito=20 horas).

 

-   Por estudios y actividades realizadas en Universidades o Instituciones de Enseñanza Superior:

*   Cursos y actividades académicas realizadas en otras Universidades hasta un máximo de 4,5 créditos por titulación.

*   Estudios de idiomas de los que se acrediten títulos finales expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas españolas, y aquellos otros  expedidos por Universidades extranjeras, según Listado, hasta un máximo de 9 créditos por titulación. No se exigirá cumplir el requisito de temporalidad.

*   Estudios superiores de Música, Danza y Arte Dramático, realizados en Centros Oficiales en los que se haya obtenido el correspondiente título superior homologado, hasta un máximo de 9 créditos por titulación. No se exigirá cumplir el requisito de temporalidad.

 

-   Por actividades de representación del alumnado: Se podrán reconocer hasta 2 créditos por curso académico y hasta un máximo de 8 créditos de libre elección en la titulación. Será requisito necesarios la realización de un curso de formación o información y la presentación de una memoria final.

-   Por actividades deportivas representando a la Universidad de Cádiz: Se podrán reconocer hasta 4 créditos por curso académico y hasta un máximo de 8 créditos de libre elección en la titulación. Será requisito necesario la presentación de una memoria final.

-   Por actividades académicas específicas del PAS: Mediante presentación de informe del solicitante de la actividad desarrollada e informe del Jefe de Servicio o Director de Departamento.

 

5.  Las resoluciones desestimatorias habrán de ser motivadas y podrán ser recurridas en vía administrativa mediante la interposición de un recurso de alzada ante el Sr. Rector en el plazo de un mes a partir de la recepción de la resolución


Descargar Modelo de Solicitud de Reconocimiento de Créditos


Plazo de presentación de la solicitud

  • Plazo ordinario: Del 1 de septiembre al 31 de octubre.
  • Plazo extraordinario: 15 al 30 de mayo.
  • En cualquier momento: aquellas solicitudes, con cuya resolución positiva permita la obtención de los créditos necesarios para la defensa del Proyecto Fin de Carrera.

Plazo de resolución

  • El máximo será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación.

Normativa aplicable






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