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Credencial

Aquellos candidatos que superen las dos fases, otendrán una credencial de haber superado este proceso, que deberá contener además de los datos identificativos de la persona, al menos:

  • Definición del procedimiento por el que acceden a la Universidad y convocatoria en que se ha obtenido
  • Por cada familia valorada y con independencia de la puntuación obtenida:

1. Denominación de la familia

2. Puntuación obtenida (númerica con tres decimales)

Para aquellos candidatos que no hayan superado alguna de las fases, la credencial contendrá al menos:

  • Definición del procedimiento por el que acceden a la Universidad y convocatoria en que se ha obtenido
  • La leyenda "no apto" o "no apta"

La validez de dicha credencial, tendrá carácter indefinido, y tendrá validez para solicitar estudios de grado, al menos, en cualquier universidad pública de Andalucía.

Quienes hayan superado este procedimiento de acceso y deseen comenzar sus estudios universitarios deberán participar en el proceso de admisión que regula el ingreso en los distintos centros universitarios, cuyos procedimientos, plazos, número de plazas y cupos de reserva, serán establecidos anualmente por la Comisión de Distrito Único Universitario Andaluz.

Se entenderá que el candidato ha obtenido los requisitos para el acceso a una determinada titulación de Grado, cuando obtenga una puntuación mayor o igual a cinco puntos como resultado de sumar los puntos de todas las familias que le permiten el acceso a la titulación de que se trate.

La superación de este procedimiento de acceso no supondrá la obtención de titulación académica o nivel educativo alguno, y será válido a los únicos efectos de acceder a la Universidad.


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